INFORME SOBRE EL ESCUDO Y BANDERA DE CETINA

REALIZADO POR LA CÁTEDRA "BARON DE VALDEOLIVOS"

INSTITUCIÓN "FERNANDO EL CATÓLICO"

EXCMA. DIPUTACIÓN DE ZARAGOZA

Sobre la villa de Cetina, situada en la Comarca de Calatayud y en la ribera derecha del río Jalón, las primeras noticias históricas fidedignas nos remontan al siglo XII siendo conocida con los topónimos de Cedina y Cecine Ledesma Rubio, Mª Luisa. Cartas de población del reino de Aragón en los siglos medievales. Zaragoza, 1990, PP. 102-104:Ubieto, Agustín, Toponimia aragonesa medieval. Valencia. 1972. p. 80). Entre los años 1151 y 1157, durante el magisterio del prior Guillem de Belmes, el conde Ramón Berenguer IV y la Orden del Hospital concedieron fueros a los pobladores de Cetina (Ledesma, op. cit.) caracterizados por poseer unas condiciones altamente favorables para la Orden al verse favorecida, más allá de la percepción de diezmos, por una serie de derechos judiciales y fiscales (Ledesma Rubio, M Luisa, Templarios y Hospitalarios en el Reino de Aragón. Zaragoza, 1984, PP. 179-180).

Por la incursión del rey Alfonso VII estuvo unos años en poder castellano; vuelto a integrar en territorio aragonés, en 1182, Alfonso II de Aragón entregó Cetina, al igual que Caspe, a la Orden del Hospital a cambio de una serie de bienes en los lugares de Velilla, Sabiñán, Embid y Tebisa (Miquel Rosel, F., Liber Feidorum Maior, Barcelona, 1946, I. p. 33. nº24; Ledesma Rubio. M.L., Colección diplomática de Grisén. Siglos XII y XIII en "Estudios de Edad Media de la Corona de Argón". Zaragoza, 1975 p. 710-711, nº 11; citados por Ubieto, A.: Historia de Aragón. Los pueblos y despoblados. Zaragoza, 1986, p.409). Poco después, en 1186, la Orden abandonaba Cetina ante la demanda del rey Alfonso II de permutarla por algunos lugares cercanos a Fraga (Ledesma, Templarios ... op. cit.)

A comienzos y finales del siglo XIII se verifica documentalmente su integración en realengo: en 1206, el lugar estaba bajo la tenencia de Berenguer de Entenza (Durán Gudiol, Antonio, Colección diplomática de la catedral de Huesca, Zaragoza, 1969, nº 668 y 669) y en 1295 aparece como del rey (Codoin, 39, p. 221, en Ubieto, A., op. cit.). No obstante, en diferentes momentos del siglo, los habitantes abonaron primicias a los Hospitalarios de Calatayud: en 1227 el concejo de Cetina, con aprobación del obispo de Tarazona concedía las primicias del lugar a la encomienda Hospitalaria de Catalayud; y a mediados del siglo, sus habitantes seguían abonándolas (Ledesma Templarios... op. cit. Pp. 127 y 180).

Por ser lugar fronterizo con Castilla fue escenario de la guerra de los Dos Pedros (1356-1369), viéndose en ocasiones ocupada por las tropas castellanas (Zurita, Jerónimo, Anales de la Corona de Aragón. Reedición. Zaragoza, 1977. Vol. IV. pp.313 314; 366; 384: 398; 433; 465).

En el año 1372 y a petición de la comunidad de las aldeas de Calatayud, Cetina quedó incorporada a la Corona aragonesa (Sinués Ruiz, Atanasio y Ubieto Arteta, Antonio, El Patrimonio Real en Aragón duran te la Edad Media, Zaragoza, 1986, n0 752) pero unos años más tarde, el 4 de septiembre de 1391, Juan 1 de Aragón vendió el lugar y su jurisdicción a Juan Fernández de Heredia (Sinués y Ubieto, op. cit. , no 753 a 756). En el año 1405 Sancho Rodríguez de Lihori redimió Cetina por el precio de 5.500 florines (Sinués y Ubieto, op. cit. n2 757). Finalmente fue comprada por Gonzalo de Liñán en 1412 siendo sus descendientes señores del lugar hasta el siglo XIX (Ibáñez Lacrúz, Joaquín, Quevedo y Cetina, Cetina, 1980).

Conforme a la evolución político administrativa del Reino de Aragón, Cetina perteneció al Merinado de Calatayud (S.XIII), Sobrecullida de Tarazona (S. XV), Sobrecullida de Calatayud (S.XV), Vereda de Calatayud (S. XVII) y Corregimiento de Calatayud hasta 1833. Con ayuntamiento propio desde la década de los años treinta del pasado siglo, e incluido en el partido judicial de Ateca, quedó incorporado en 1965 al partido judicial de Calatayud.

Respecto a su población, Cetina experimentó un crecimiento demográfico a lo largo del siglo XVI como consecuencia del auge económico del siglo; afectada por la expulsión de los moriscos de 1610 contó con una repoblación de la que no tenemos noticia, pasando de 196 fuegos en 1609 a 237 fuegos en 1646. Durante el siglo XVIII se produjo un aumento de población más acusado que el efectuado en el siglo XIX. Desde mediados del siglo XX ha experimentado una regresión demográfica como consecuencia fundamentalmente de la emigración, pasando de 1318 habitantes en 1900, a 972 habitantes en 1980

Del núcleo poblacional de Cetina destacan, además de su iglesia parroquial y ermitas, el castillo-palacio, sede de los Liñán, declarado Monumento Histórico Artístico en 1931, y célebre por haberse celebrado en él el enlace matrimonial de Francisco de Quevedo y Esperanza López Mendoza, viuda de Juan Fernández de Heredia, señor de Cetina (Ibáñez Lacrúz, Joaquín, op. Cit. P.130).

De su folklore destaca un baile típico, la "contradanza", compuesto por treinta mudanzas y realizado por la noche a la luz de las teas durante las fiestas locales, celebradas los días 18 y 19 de mayo, en honor de San Juan Lorenzo (Turmo, Antonio, "Anexo. Calatayud y su comunidad", en Geografía de Aragón, op. Cit. P. 130).

En cuanto a sus símbolos, Cetina ha venido utilizando como emblema propio el escudo correspondiente al linaje Liñán (en campo de oro una faja de gules), familia que tuvo la propiedad de la villa, como se ha indicado. Conforme a la normativa vigente (Ley de Marcas, de 10 de noviembre de 1988, artículo 13), a las normas y orientaciones dadas por el Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón que establece la imposibilidad de reproducir íntegramente las armerías del señorío al que se perteneció de forma que haya coincidencia entre éstas y las que se pretendan adoptar (Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón, Compilación de Normas v Orientaciones para la creación, rehabilitación y modificación de símbolos municipales en la Comunidad Autónoma de Aragón (Banderas, Escudos, Sellos), Zaragoza, 1994, p 12) y teniendo presente la investigación realizada, se considera oportuno proceder a la creación de los mismos conforme a la tradición y estima de su población.

En consecuencia, se propone para su adopción los siguientes símbolos: dos antorchas de oro como elementos típicos de su baile y festejos; los esmaltes azur en relación a las aguas del río Jalón que posibilitan la vida y el desarrollo económico del lugar, y el oro y el gules en recuerdo del linaje Liñán. Como timbre se utiliza la corona del Escudo de España dada su desvinculación señorial en el siglo XIX.

La Bandera se diseña conforme a los esmaltes empleados en el Escudo, de modo que el rojo y el amarillo, además de hacer referencia a sus propios símbolos heráldicos también se refieren a los colores de la Bandera de Aragón.

Los símbolos de referencia se describen del siguiente modo:

 

ESCUDO DE ARMAS

Escudo cuadrilongo con base redondeada; de oro, una faja bretesada, de gules, fileteada de azur, cargada de dos antorchas en aspa, de oro. Al timbre la Corona del Escudo de España.

BANDERA

La Bandera de Cetina se representa en un paño cuyas proporciones son de una longitud equivalente a tres medios su anchura: amarillo, una faja bretesada roja a 18/36 de su anchura, fileteada de azul a 1/36 de anchura; al asta, en el centro de la faja, se sitúan dos antorchas amarillas en aspa.

El modelo de gala se confeccionará en tafetán de seda o damasco, con las antorchas bordadas en oro.

En el asta se puede incorporar una moharra en la que se grabe o reproduzcan las armas principales.

La precisión de los esmaltes se determinará por la escala PANTONE (Color Specifier) con las siguientes especificaciones:

ORO 871 C

GULES/ROJO 1788 C 2X

AMARILLO 803 C 2X

AZUR 294 C

Los modelos concretos se presentan en las ilustraciones que acompañan al presente informe:

Lámina I. Escudo.- Proporciones

-Lámina II. Escudo.- Diseño según proporciones

-Lámina III. Bandera.- Proporciones

-Lámina IV. Bandera.- Diseño según proporciones.

Siendo necesaria, una vez aprobado el proyecto por la instancia correspondiente, la realización del diseño definitivo y del modelo oficial que no deberá ser alterado en los ejemplares oficiales.

No obstante lo que precede, el Ayuntamiento de CETINA resolverá lo más pertinente, según potestad que le atribuye la normativa citada y actualmente en vigor.

LO QUE FIRMO, A LOS EFECTOS OPORTUNOS, EN ZARAGOZA, A TRES DE ABRIL DE MIL NOVENTA Y SIETE.

Fdo. Enriqueta Clemente García

Doctora en Historia

Vº Bº

El director de la Cátedra "Barón de Valdeolivos"

Fdo.: Guillermo Redondo Veintemillas

Queda registrado en los Archivos de la Cátedra

Fdo.: Alberto Montaner Frutos

Secretario

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